Delito contra la salud pública que se concreta cuando una persona vende, pone a la venta, suministra, distribuye o almacena con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o sustancias medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo; y el hecho es cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo. CP, Art. 203, parte 1.
Delito que comete una persona si almacena para vender, distribuye o vende aguas potables, sustancias alimenticias o sustancias medicinales o mercaderías que son peligrosas; lo disimula y actúa sin tener los cuidados necesarios para evitarlo.